Por Mauricio Higuera. 

Mexicali, B.C.- Hay una sobreregulación en la reciente reforma que penaliza la explotación laboral, debido a una falta de claridad en la misma que puede generar confusiones, dijo Guillermo Rivera de la firma de abogados De la Peña Bernal.

Al respecto, indicó que en la Ley Federal del Trabajo ya existen multas y delitos, por lo que el reglamento es innecesario lo que provocará confrontación entre trabajadores y patrones.

El pasado siete de junio de 2024, se adicionó la fracción IV al artículo 21 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Delitos, que establece que será sancionado con pena de 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa, a quien ejerza explotación laboral.

El litigante indicó que existen otros medios para lograr el fin buscado, los cuales resultan menos restrictivos, por lo que el Estado primeramente debió agotar los diversos instrumentos protectores que tenía a su alcance.

“La adición de la fracción IV del artículo 21 mencionado, es una reforma genérica y ambigua, que violenta el principio de seguridad, al generar incertidumbre en los patrones en su calidad de personas físicas y morales; aunado a ello, la descripción del nuevo delito, es imprecisa, vaga, abierta, al grado de permitir la arbitrariedad, o distintas interpretaciones en su aplicación”, indicó Rivera.

Así mismo, precisó que existe un grave riesgo que la reforma se utilice abusivamente en la vía penal por parte de los trabajadores, sindicatos y las propias autoridades que ordenen inspecciones, o que busquen respuesta a algún caso emblemático o social, o que se realicen pesquisas en materia penal a una empresa o persona en particular, justificando su actuar en algún caso donde un trabajador alegue una jornada por encima de la establecida por la LFT.

Finalmente, Guillermo Rivera recomendó que, se analiceuna impugnación de la reforma, que puede ser a partir de su entrada en vigor, o al momento de su primer acto de aplicación, revisar la estrategia, métodos de reparto y distribución de las jomadas laborales, implementar una campaña o estrategia de concientización e información entre los colaboradores, para evitar dudas, incorrectas interpretaciones o impactos negativos relacionados con el clima laboral.