Mexicali, B.C.- El proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en México que propone modificar la jornada laboral semanal de las 48 horas actuales reduciéndola 12 horas; es decir, para que solamente se laboren 36 horas semanales, que se encuentra en fase de evaluación en comisiones en el Senado de la República, requiere ser analizada desde las perspectivas sociológica, económica y legal.
Así lo consideró Felipe Miguel Carrasco Fernández, docente de la Maestría en Administración y Negocios de la CETYS Graduate School of Business, y del Posgrado en Derecho en CETYS Universidad Campus Mexicali.
“El principal argumento es procurar una mejor calidad de vida y bienestar general de los trabajadores, además de existir una tendencia mundial que apunta hacia la reducción de jornada laboral. Al respecto, es necesario tomar en cuenta diversos factores, si bien es cierto, en algunos países la jornada laboral es de 42, 40, 36 o 35 horas semanales, es necesario entender la conformación de las empresas en dichos países”, explicó.
En México, dijo el especialista, desde hace algunos años algunas empresas han realizado voluntariamente, o bien, negociado con sus sindicatos, la reducción de la jornada laboral semanal a 45 o 44 horas con pago de 48 horas, asumiendo el costo totalmente el patrón; y aunque esto no es obligatorio para todas las empresas, es ya una realidad en algunas.
“Que la jornada laboral sea de 36 horas a la semana, debe analizarse conscientemente que el pago de las 12 horas que se reducen deberá asumirlo la parte patronal, lo cual podría producir un encarecimiento de los productos o servicios que proporciona la empresa”.
Existen otros modelos, como la jornada laboral semanaria de 40 horas con pago de 48 horas; sin embargo, en este caso el Estado asume el pago del 50 por ciento de dicha reducción y la empresa asume el otro 50 por ciento; “este podría ser un buen planteamiento para el caso de México, que lograría el objetivo que se persigue de una mejor calidad de vida y bienestar de los trabajadores, lo cual contribuye en ocasiones a una mediación respecto de su vida laboral, personal y familiar, obteniendo beneficios como la reducción de algunas enfermedades que son atendidas por la seguridad social”, expuso el docente.
En caso de sostener la propuesta tal como se remitió al Senado, se impone toda la carga al patrón de absorber el costo de la reducción de 12 horas a la jornada laboral, lo que desde el punto de vista del catedrático resultaría económicamente peligroso para las empresas, y en consecuencia podría generar desempleo.
“Por esta razón es mejor una postura intermedia donde el Estado también contribuya económicamente y subsistan las fuentes de empleo”, refirió Carrasco Fernández.
En términos de productividad y administración de tiempo, es importante analizar que, en caso de concertarse la reducción laboral, impactaría en la organización de la empresa, que tendría que realizar ajustes para eficientar el tiempo de liberalidad de los colaboradores, no disminuir la productividad y lograr satisfacción laboral; es decir, representa costos adicionales para la empresa.
“La propuesta de una reducción de 12 horas parece excesiva por los costos que implicaría que asuma el patrón. Considero como lo más viable una reducción a 40 horas semanales, debiendo el Estado asumir el 50% y, el otro 50% la empresa para así nivelar los riesgos económicos; de lo contrario, se estarían incrementando solamente a la empresa las cargas económicas, independientemente de los impuestos y de los incrementos al salario mínimo, o bien de las negociaciones con los sindicatos en los contratos colectivos de cada organización”, concluyó el académico.