Los contribuyentes deben 1.69 billones de pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de créditos fiscales, al cierre del tercer trimestre. Lo anterior representó un incremento en el saldo de 13 por ciento en comparación con el mismo periodo del año pasado.
En el Informe Trimestral de Finanzas Públicas de la Secretaría de Hacienda se reportó que 82 por ciento del monto que se adeuda es de personas morales; 11 por ciento lo adeudan personas físicas sin actividad empresarial y 7 por ciento restante corresponde a personas físicas con actividad empresarial.
Al interior de las personas morales, los grandes contribuyentes tienen un adeudo de 528 mil 056 millones de pesos con el fisco, un incremento de 29 por ciento en comparación con el tercer trimestre del 2021.
El aumento en los rubros de créditos fiscales puede obedecer a dos factores: a los actos de fiscalización que el SAT realiza y por lo tanto les determina a los contribuyentes y a que los tribunales no terminan de resolver las impugnaciones que hacen los particulares contra el SAT.
Aunque el monto del adeudo total de los contribuyentes es de 1.7 billones de pesos, el fisco solamente podría cobrar 707 mil 527 millones de pesos de este monto, esto es 41 por ciento del saldo total. En otras palabras, hay 992 mil 239 millones de pesos (59 por ciento) que el fisco no puede cobrar porque los contribuyentes promovieron medios de defensa.
El saldo que hasta ahora es incobrable –también conocidos como créditos fiscales controvertidos– tuvo un aumento real de 5.5 por ciento en comparación con el tercer trimestre del 2021.
Juan Ignacio Rivero Celorio, vicepresidente de desarrollo y capacitación profesional del Colegio de Contadores Públicos de México, comentó a El Economista que es derecho de los contribuyentes defenderse de la autoridad si no están conformes con un determinado crédito fiscal.
Cada caso de crédito fiscal es un mundo diferente y hay distintas formas de verlo. Pero debe de establecerse que las dos partes están negociando y quieren lo mejor para sí mismas, explicó el contador.
Dos vías de defensa
Existen dos posibilidades para que el contribuyente presente un medio de defensa: un recurso de revocación ante el SAT, a través del buzón tributario, o un juicio de nulidad en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
En el TFJA son los magistrados quienes resolverán la impugnación del contribuyente; en caso de un fallo en contra, puede interponer un amparo ante el Poder Judicial.
Crédito cobrable
La cartera de créditos fiscales que el fisco federal sí podría cobrar –también llamados créditos no controvertidos– es de 707 mil 527 millones de pesos, un aumento anual de 27.8 por ciento.
Del monto del crédito no controvertido, 73.6 por ciento (520 mil 561 mdp) es factible de cobro, es decir que el adeudo está en alguna fase del procedimiento de embargo para su cobro. El resto del recuso tiene una baja probabilidad de cobro.
Con información de El Economista.