• Los sujetos obligados deben emitir avisos mensuales respecto a sus operaciones vulnerables, si no lo hacen, pueden ser multados con hasta 7 millones de pesos.

Tijuana, B.C.- Aquellos contribuyentes que se dedican a actividades consideradas como “vulnerables” están obligados a presentar avisos, mes con mes, al fisco federal sobre sus operaciones, de lo contrario, podrían ser acreedores a multas por hasta 7 millones de pesos. 

Así lo señaló Jeaneth Ayala Jacobsen, especialista en antilavado de dinero, quien mencionó que el mes pasado se publicó un proyecto de reforma tendiente en dos sentidos. 

“El primero es que la autoridad ya no va a permitir que los sujetos obligados dejen de presentar informes sin operaciones, es decir, ahora va a multar con cantidades que van desde 1 hasta 7 millones de pesos”, apuntó. 

Dicha reforma, refirió, aplica para los sujetos obligados que no realicen actividades vulnerables, pero que no informaron que no las realizaron, de tal suerte que los sujetos obligados deben enviar un informe mensual en ceros, pues si no lo hacen, el fisco federal aplicará la multa máxima. 

El otro cambio, agregó la especialista, es que no se admitirán avisos presentados de manera extemporánea, por lo que, si lo hacen después de los 30 días, igualmente se les aplicará la multa máxima que es de 7 millones de pesos. 

“Una actividad se considera vulnerable cuando tiene un mayor riesgo de ser utilizada por el crimen organizado para blanquear sus capitales, o financiar sus actividades, a través de una operación comercial”, expuso Ayala Jacobsen. 

Una actividad se considera vulnerable cuando tiene un mayor riesgo de ser utilizada para actividades ilícitas, como el lavado de dinero, financiamiento al terrorismo u otras prácticas ilegales. Estas actividades suelen tener características que las hacen susceptibles de abuso por parte de individuos u organizaciones que buscan ocultar el origen o el destino de recursos ilícitos. 

Algunos sectores, como el inmobiliario, la construcción o el comercio de artículos de lujo, son más propensos al uso de fondos ilícitos debido al alto valor de sus bienes y la posibilidad de justificar grandes sumas de dinero. 

Entre las actividades calificadas como vulnerables, dijo, están los arrendamientos, venta de inmuebles, intermediación de bienes inmuebles, desarrollo de inmuebles, préstamo y crédito mutuo, servicios profesionales. 

Asimismo, notarios y corredores públicos, venta de joyas, subastas, obras de arte, venta de vehículos, ya sea aéreos, marítimos o terrestres; importadores de vehículos, entre otros, con ciertos umbrales y características particulares. 

La experta en temas de antilavado aseguró que la autoridad cuenta con información puntual, dado que su fuente principal de datos son las facturas, de manera que el fisco federal tiene la manera de detectar operaciones vulnerables. 

“En Tijuana los principales sujetos obligados son los desarrolladores de bienes inmuebles, venta de bienes inmuebles, así como quienes se dedican a la intermediación de bienes inmuebles, debido al auge inmobiliario”, comentó. 

Finalmente, Jeaneth Ayala destacó que en el país existe un padrón de alrededor de 130 mil sujetos obligados, quienes deben cumplir con estos informes mensuales.